El máximo tribunal de justicia de la nación desestimó los recursos presentados por la defensa de la expresidenta Cristina Fernández de Kirchner, confirmando que deberá mantener el dispositivo de monitoreo electrónico mientras cumple su condena bajo arresto domiciliario. La decisión fue refrendada por los tres magistrados que integran el cuerpo: Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti.
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Cristina Fernández saluda a sus seguidores justo antes de recibir su condena. Foto:EFE
Esta resolución se produce en el marco de la ejecución de la pena por la causa denominada “Vialidad”. En dicho proceso, la exmandataria fue sentenciada a seis años de prisión y a la inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos, tras ser hallada responsable del delito de administración fraudulenta en perjuicio del Estado por irregularidades en la concesión de obras viales en Santa Cruz.
El rechazo a los argumentos de la defensa
La defensa de la exjefa de Estado había cuestionado la implementación de la tobillera, argumentando que representaba una medida arbitraria que vulneraba derechos constitucionales como la intimidad y la proporcionalidad. Sin embargo, los jueces de la Corte Suprema dividieron su análisis en varios puntos clave para sostener la vigencia de la medida:
- El tribunal consideró que el pedido contra el dispositivo de monitoreo carecía de una fundamentación propia y sólida.
- Los magistrados señalaron que no se explicó adecuadamente por qué la herramienta no sería necesaria para garantizar que la pena se cumpla de forma estricta.
- Se rechazaron de plano las recusaciones planteadas contra los propios miembros de la Corte, al entender que las críticas de la defensa se basaban únicamente en el ejercicio previo de las funciones legales de los jueces.
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Respecto al régimen de visitas, la Corte consideró innecesario emitir un pronunciamiento. Esto se debe a que las restricciones cuestionadas originalmente fueron reemplazadas por un nuevo esquema fijado en noviembre de 2025, lo que dejó sin efecto el objeto del reclamo anterior.
La exmandataria fue sentenciada a seis años de prisión. Foto:AFP
Condiciones del arresto domiciliario
La ejecución de la condena ha sumado recientemente nuevas disposiciones por parte del Tribunal Oral Federal N.º 2. El juez Jorge Gorini ratificó la continuidad del encierro en el domicilio de la calle San José, pero introdujo ajustes en la rutina diaria de la expresidenta.
Entre las novedades, se autorizó que la exmandataria pueda acceder a la terraza del edificio por un tiempo máximo de dos horas por día.
Esta medida busca equiparar su situación a la de los internos en centros penitenciarios que tienen derecho a salidas al patio. Por otro lado, se mantienen los controles trimestrales y se aplicó un recorte en el listado de personas con acceso irrestricto al domicilio.
Ahora, ciertos profesionales y allegados deberán justificar puntualmente el motivo de sus visitas para obtener la autorización correspondiente.
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Con este fallo, la justicia deja firme los mecanismos de control tecnológico sobre la exmandataria, cuya condena ya había sido ratificada previamente por la Cámara de Casación y el propio máximo tribunal en junio de 2025.
*Artículo desarrollado con apoyo de IA y revisado por un periodista.
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